Este sitio web utiliza Cookies propias y de terceros para recopilar información con la finalidad de mejorar nuestros servicios, así como analizar sus hábitos de navegación. Si continua navegando, supone la aceptación de la instalación de las mismas. El usuario tiene la posibilidad de configurar su navegador pudiendo, si así lo desea, impedir que sean instaladas en su disco duro, aunque deberá tener en cuenta que dicha acción podrá ocasionar dificultades de navegación de la página web.
Aceptar Cómo configurar

Traspaso de negocios, ¿en que consiste?

traspasar negocio online madrid barcelona negociosenventa

2020-04-03 16:09:11

El traspaso de un negocio consiste en:
 
  1. La transmisión de los activos comerciales tanto tangibles (maquinaria, mobiliario…) como intangibles (nombre comercial, clientes, proveedores…).
  2. Y la cesión del contrato de arrendamiento si el local en el que se realiza la actividad si es propiedad de un tercero, o bien, el arrendamiento del local si éste es propiedad del titular del negocio.

Los trámites necesarios para traspasar un negocio son:
 
  1. Negociar con el arrendador: excepto que seamos los propietarios del local, que en nuestro contrato de alquiler se nos reconozca el derecho a cesión (no suele pasar) o que el titular del negocio sea una mercantil y no figure en el contrato de arrendamiento que la venta de participaciones sociales se entiende cesión del contrato, nos veremos obligados a negociar con el arrendador.Esta negociación debe ser previa a la comercialización del traspaso, puesto que de ella dependen extremos como la duración, el precio de la renta, etc… del nuevo contrato de arrendamiento, factores estos que van a condicionar el valor del traspaso.
  2. Valorar el traspaso, es una labor complicada ya que está condicionada por  muchas variables, facturación, gastos de la explotación, duración del contrato de arrendamiento, presencia en redes sociales (web propia), reputación, etc. Aunque el precio final del traspaso va a depender del acuerdo entre cedente (vendedor) y cesionario (comprador), nuestro consejo es que recopiles toda la información fiscal y comercial que de forma clara y ordenada proporcione al comprador “una radiografia del estado de salud” del tu negocio.En ocasiones es preferible contratar a un profesional (abogado, economista etc) especializado en traspasos para conseguir una valoración objetiva del negocio objeto de traspaso.
  3. Publicitar el traspaso de la forma más adecuada, dándole la mayor difusión sin que ello perjudique a la marcha del negocio. Lo ideal es traspasar el negocio en funcionamiento ya que un negocio cerrado pierde valor. El traspaso requiere difusión y discreción, motivo por el que sin duda la forma más efectiva, rápida y segura es publicitarlo en un Portal especializado como www.negociosenventa.es.
  4. Preparar el nuevo contrato de arrendamiento o documento de cesión del contrato de arrendamiento existente y redactar el contrato de traspaso que hace referencia a la explotación del negocio exclusivamente, y que como norma, lleva incorporados varios documentos como por ejemplo el inventario de bienes tangibles o los impresos para realizar la transmisión de la licencia de actividad.Caso de coincidir propietario del inmueble y titular del negocio en la misma persona, puede formalizarse el traspaso en el mismo documento 

La normativa aplicable es:
 

La cesión del contrato de arrendamiento se encuentra en el art. 32 de la LAU. Dicho precepto contempla la posibilidad de ceder el contrato de arrendamiento sin necesidad de contar con el consentimiento del arrendador, otorgándole el derecho a incrementar la renta en un 20%. Dicha cesión debe ser notificada al arrendador de forma fehaciente en el plazo de un mes.
 
No obstante, como ya hemos indicado, la mayoría de contratos de arrendamiento incluyen una cláusula que prohíbe la cesión total o parcial y el subarrendamiento del local de negocio, motivo por el que como hemos referido, deberemos negociar con el arrendador los nuevos términos del contrato con carácter previo a la comercialización del traspaso.
 
También deberás tener en cuenta la normativa municipal aplicable para evitar sorpresas desagradables en el momento de la transmisión de la licencia.
 

Los Impuestos que gravan el traspaso.
 
La cesión de un negocio no está en principio sujeta ni a IVA ni a ITP, siempre que el negocio se transfiera en su totalidad, de forma que el vendedor (cedente) deberá emitir al comprador (cesionario) una factura sin IVA.
En cuanto al arrendador, caso de cobrar el 20% previsto en el art. 32 de la LAU, deberá emitir una factura al arrendatario que deja el local con el 21 % de IVA.
Caso de no efectuarse un traspaso sino una venta de bienes, esta transmisión también estará sujeta al 21% de IVA.
Respecto a la tributación en el IRPF, el beneficio tributará como ganancia patrimonial para empresarios personas físicas. Caso que la cedente sea una persona jurídica, el beneficio tributará, como es lógico, por Impuesto de Sociedades:
 
Nuestro consejo es que consultes con un abogado especializado en esta materia con carácter previo a la comercialización de tu traspaso. Si lo deseas nuestro despacho puede ayudarte www.lidiagonzalezabogados.com. 93 717 23 51.

 

 
 

  • Suscríbete a nuestro boletín de noticias mensual